Calcula la retención mensual y anual del Impuesto Sobre la Renta según la escala de la DGII para personas físicas.
Calculadora de iSR asalariados
Escala del ISR para personas físicas
El artículo 296 del Código Tributario establece una escala progresiva sobre la renta neta gravable anual. Los valores vigentes para el año fiscal 2026 son:
| Renta anual | Impuesto |
|---|---|
| Hasta RD$416,220.00 | Exento |
| RD$416,220.01 a RD$624,329.00 | 15% del excedente de RD$416,220.01 |
| RD$624,329.01 a RD$867,123.00 | RD$31,216.00 + 20% del excedente de RD$624,329.01 |
| Más de RD$867,123.01 | RD$79,776.00 + 25% del excedente de RD$867,123.01 |
La Ley 30-26 aprobó una escala nueva que se aplicará a partir del año fiscal 2027. Esta calculadora se actualizará cuando entre en vigor.
Cómo se retiene a los asalariados
El empleador actúa como agente de retención: cada mes calcula el impuesto anual proyectado sobre el salario (menos los aportes de AFP y SFS), lo divide entre 12 y lo descuenta de la nómina. Luego lo paga a la DGII mediante el formulario IR-3.
Ingresos exentos
No pagan ISR la regalía pascual, las prestaciones laborales (preaviso y cesantía) ni las indemnizaciones laborales previstas por la ley.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el salario exento de ISR en 2026?
La renta anual exenta es RD$416,220, que equivale a RD$34,685 mensuales de renta gravable (después de restar AFP y SFS).
¿Puedo deducir gastos educativos?
Sí. Las personas físicas pueden deducir gastos educativos propios y de sus dependientes hasta el 10% de la renta gravable, solicitándolo ante la DGII con los comprobantes fiscales.
¿Qué pasa si trabajo en dos empresas?
Debes informarlo para que la retención se haga correctamente. Si no, al final del año puedes tener que presentar la declaración IR-1 y pagar la diferencia.
Fuentes: Código de Trabajo (Ley 16-92), Ley 87-01, Código Tributario, TSS, DGII, SISALRIL y Comité Nacional de Salarios. Los resultados son estimaciones informativas.