Derechos laborales

Horas extras en República Dominicana: cómo se pagan y cómo calcularlas

Trabajar más de la cuenta debe pagarse con recargo. El Código de Trabajo establece límites a la jornada y porcentajes mínimos para el tiempo adicional.

La jornada ordinaria

La jornada no puede exceder de 8 horas diarias ni 44 horas semanales. Lo habitual es trabajar de lunes a viernes y medio día el sábado. Todo lo que pase de 44 horas en la semana son horas extraordinarias.

Recargos (artículo 203)

  • De la hora 45 a la 68 de la semana: 35% de aumento sobre el valor de la hora normal.
  • Más allá de la hora 68: 100% de aumento.

Trabajo nocturno

Las horas trabajadas entre las 9:00 p. m. y las 7:00 a. m. se pagan con un recargo mínimo del 15% (artículo 204). Si además son horas extras, se suman ambos recargos.

Cómo calcularlas

  1. Valor de la hora normal = salario mensual ÷ 23.83 ÷ 8.
  2. Hora extra al 35% = valor de la hora × 1.35.
  3. Hora extra al 100% = valor de la hora × 2.

Ejemplo

Carla gana RD$30,000 y trabajó 52 horas en una semana:

  • Hora normal: RD$157.36.
  • 8 horas extras al 35%: 8 × RD$212.44 = RD$1,699.54.

Si hubiera trabajado 72 horas, tendría 24 horas al 35% (RD$5,098.62) y 4 horas al 100% (RD$1,258.92).

Hazlo con tus datos en la calculadora de horas extras.

¿Son obligatorias?

En general, las horas extras se trabajan por acuerdo. La ley permite exigirlas solo en casos excepcionales, como accidentes, trabajos urgentes o fuerza mayor.

Cuida tu registro

Si tu empresa no marca la entrada y salida, lleva tu propio registro con fechas y horarios. En caso de reclamación, estos registros, los mensajes de trabajo y los testigos ayudan a probar las horas trabajadas.

Lo que no incluyen

Las horas extras no forman parte del salario ordinario para calcular la regalía pascual, aunque sí cotizan a la seguridad social y pueden estar sujetas a ISR.